El pasado lunes el 1 de julio, entró en vigor la nueva Zona de Bajas Emisiones en ciudades del entorno, como Gavà, Viladecans, Sant Boi y El Prat, y bajo la coordinación del Área Metropolitana de Barcelona. Así, desde este mes de julio, los vehículos que no disponen de etiqueta ambiental no pueden circular por la práctica totalidad del casco urbano de Gavà y Viladecans entre las 7 y las 20 horas de lunes a viernes. Las sanciones por incumplimiento no empezarán a aplicarse hasta el 1 de septiembre a turismos y motocicletas, y a partir de enero de 2025 a furgonetas, camiones y autocares.
Exenciones y autorizaciones
- Vehículos dedicados al transporte de personas con enfermedades que les condicionan el uso del transporte público.
- Vehículos destinados al transporte de personas con movilidad reducida, tanto particulares como transporte colectivo.
- Servicios de emergencia y esenciales que presten servicios médicos, servicios funerarios, bomberos, protección civil o policía y cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado.
Autorizaciones
- Acceso esporádico. Los vehículos de Catalunya y el resto del Estado a los que no les corresponde el distintivo ambiental de la DGT, incluidos los vehículos históricos y los clásicos. Las autorizaciones son diarias y pueden solicitarse 24 al año.
- Vehículos dedicados al transporte de personas que deben realizar tratamientos médicos de forma periódica. La autorización se mantiene mientras dure el tratamiento.
- Vehículos especiales que prestan un servicio o actividad singular. Se pueden encontrar en la ordenanza municipal correspondiente (p. ej. Vehículos de autoescuela, portacontenedores, cisterna, blindados, camiones jaula, dúmper, etc.). La autorización tiene una duración anual.
- Vehículos que prestan servicio en una actividad singular con autorización municipal (p. ej. mudanza o rodaje). La autorización se mantiene mientras dure la actividad.
- Vehículos que realizan pruebas dinámicas en los talleres mecánicos. La autorización se mantiene mientras el vehículo esté en el taller.
- Vehículos de personas que acrediten unos ingresos económicos anuales inferiores a 2 veces el IPREM, incrementado según el número de miembros de la unidad familiar. La autorización tiene una vigencia de un año y es renovable.
- Vehículos dedicados a la actividad profesional, a cuyos titulares les falten como máximo 5 años para llegar a la jubilación y que estén cotizando a la Seguridad Social o un régimen alternativo. La autorización tiene una duración de un año y es renovable.
- Vehículos que se sustituirán por uno nuevo. Es necesario acreditar la compra de un vehículo que cumpla los requisitos ambientales. Se pueden obtener autorizaciones hasta la entrega del vehículo nuevo y durante un período máximo de 18 meses.
- Vehículos con matrícula extranjera que no cumplen los requisitos ambientales. Las autorizaciones son de un día y se pueden pedir 24 al año.
- Vehículos con matrícula extranjera que sí cumplen los requisitos ambientales. Pueden tener una autorización de larga duración.
Para acogerse a las exenciones o autorizaciones es necesario registrarse previamente en la página web zbe.amb.cat e indicar el motivo correspondiente. El AMB también pone a disposición de la ciudadanía el teléfono 930 333 555 (de lunes a viernes de 8 a 20 h) para atender a las dudas que puedan surgir.
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