Castelldefels da subvenciones de hasta 10.000€ para fomentar los autónomos y nuevas contrataciones

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El Ayuntamiento de Castelldefels, a través del Área de Promoción económica y fomento del empleo, La Guaita, ha activado: dos nuevas líneas de subvención para fomentar el autoempleo y las nuevas contrataciones de personas en paro y empadronadas en Castelldefels.

Desde el 5 de julio y hasta el 31 de octubre se pueden presentar las solicitudes. El objetivo es fomentar la creación de iniciativas económicas y apoyar la actividad de los autónomos, comercios y empresas ya creadas que contribuyan a la dinamización económica y comercial del territorio. El plazo de presentación de solicitudes comenzó el pasado 5 de julio y terminará el 31 de octubre de 2022.

Subvenciones dirigidas a fomentar el autoempleo

La primera de las líneas está dirigida a personas que realicen una actividad económica y que se hayan dado de alta como personas trabajadoras autónomas entre el 1 de noviembre de 2021 y el 31 de octubre de 2022.

También es condición indispensable no haber sido dado de alta como autónomo o mutualista en los últimos 6 meses antes del actual alta y que la actividad económica sea desarrollada en nuestra ciudad.

El importe de esta línea de subvención es de 2.000€ que pueden incrementarse en un 10% si la persona emprendedora es una mujer y en otro 10% si la persona tiene alguna diversidad funcional superior al 33%.

Subvenciones de hasta 10.000€ a nuevas contrataciones

La segunda línea de subvención municipal tiene por objetivo el fomento de nuevas contrataciones. Como en el caso de la primera línea, es requisito que sean personas físicas y/o jurídicas con centro de trabajo en Castelldefels, que formalicen contratos de trabajo entre el 1 de noviembre de 2021 y el 31 de octubre de 2022 y que la persona contratada estuviera en paro y empadronada en Castelldefels antes de la contratación.

Si la persona contratada llevaba entre 3 y 6 meses en paro, la subvención será del 50% de lo que se detalla a continuación y si llevaba más de 6 meses, la subvención será del 100%.

En el caso de esta línea de subvención destinada a nuevas contrataciones, el importe máximo será de 10.000 € por empresa o grupo empresarial.

Más concretamente, si la persona contratada tiene menos de 45 años, el importe subvencionable será de 600 euros al mes por jornada completa y hasta un máximo de 3.600 euros.

Y si la persona contratada tiene 45 o más años, el importe será de 800 euros al mes por jornada completa y hasta un máximo de 4.800 euros. Como en el caso anterior, habrá una bonificación del 10% si la persona contratada es una mujer, y lo mismo si presenta una diversidad funcional superior al 33%.

¿Qué documentación habrá que presentar?

Línea A: Fomento del autoempleo:

  • Impreso de solicitud
  • Documento de alta censal de la actividad, modelo 036/037 Hacienda
  • Licencia municipal de apertura a nombre de la persona física o jurídica titular del alta de la actividad en Hacienda, cuando ésta sea exigible
  • Informe de Vida Laboral de la persona a subvencionar
  • Documento de alta de autónomos o del colegio profesional
  • Documento administrativo acreditativo del grado de discapacidad, en su caso

Línea B: Fomento de nuevas contrataciones:

  • Impreso de solicitud
  • Documento de alta censal de la actividad, modelo 036/037 Hacienda
  • Licencia municipal de apertura a nombre de la persona física o jurídica titular del alta de la actividad en Hacienda, cuando ésta sea exigible
  • Informe de Vida Laboral de la persona a subvencionar
  • Contrato laboral de la persona contratada
  • Documento administrativo acreditativo del grado de discapacidad, en su caso

¿En qué supuestos no se podrá acceder a estas nuevas líneas de subvención?

  • Las personas dadas de alta en el RETA como Autónomos Colaboradores (excluidos de la línea A).
  • Las contrataciones realizadas por empresas que formen parte de un grupo empresarial con el mismo administrador o consejo administrador y que realicen contratos laborales a personas ya contratadas anteriormente por otra empresa del mismo grupo (excluidos de línea B).
  • No serán subvencionables las contrataciones efectuadas por Empresas de Trabajo Temporal (excluidos de línea B).

Por otra parte, esta subvención tampoco será compatible con las recibidas a través de programas realizados en el marco de las políticas activas subvencionadas por el Servicio Público de Empleo de la Generalidad de Catalunya.

Puedes iniciar el trámite aquí.

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