El Ayuntamiento de Castelldefels, a través del Área de Promoción económica y fomento del empleo, La Guaita, ha activado: dos nuevas líneas de subvención para fomentar el autoempleo y las nuevas contrataciones de personas en paro y empadronadas en Castelldefels.
Desde el 5 de julio y hasta el 31 de octubre se pueden presentar las solicitudes. El objetivo es fomentar la creación de iniciativas económicas y apoyar la actividad de los autónomos, comercios y empresas ya creadas que contribuyan a la dinamización económica y comercial del territorio. El plazo de presentación de solicitudes comenzó el pasado 5 de julio y terminará el 31 de octubre de 2022.
Subvenciones dirigidas a fomentar el autoempleo
La primera de las líneas está dirigida a personas que realicen una actividad económica y que se hayan dado de alta como personas trabajadoras autónomas entre el 1 de noviembre de 2021 y el 31 de octubre de 2022.
También es condición indispensable no haber sido dado de alta como autónomo o mutualista en los últimos 6 meses antes del actual alta y que la actividad económica sea desarrollada en nuestra ciudad.
El importe de esta línea de subvención es de 2.000€ que pueden incrementarse en un 10% si la persona emprendedora es una mujer y en otro 10% si la persona tiene alguna diversidad funcional superior al 33%.
Subvenciones de hasta 10.000€ a nuevas contrataciones
La segunda línea de subvención municipal tiene por objetivo el fomento de nuevas contrataciones. Como en el caso de la primera línea, es requisito que sean personas físicas y/o jurídicas con centro de trabajo en Castelldefels, que formalicen contratos de trabajo entre el 1 de noviembre de 2021 y el 31 de octubre de 2022 y que la persona contratada estuviera en paro y empadronada en Castelldefels antes de la contratación.
Si la persona contratada llevaba entre 3 y 6 meses en paro, la subvención será del 50% de lo que se detalla a continuación y si llevaba más de 6 meses, la subvención será del 100%.
En el caso de esta línea de subvención destinada a nuevas contrataciones, el importe máximo será de 10.000 € por empresa o grupo empresarial.
Más concretamente, si la persona contratada tiene menos de 45 años, el importe subvencionable será de 600 euros al mes por jornada completa y hasta un máximo de 3.600 euros.
Y si la persona contratada tiene 45 o más años, el importe será de 800 euros al mes por jornada completa y hasta un máximo de 4.800 euros. Como en el caso anterior, habrá una bonificación del 10% si la persona contratada es una mujer, y lo mismo si presenta una diversidad funcional superior al 33%.
¿Qué documentación habrá que presentar?
Línea A: Fomento del autoempleo:
- Impreso de solicitud
- Documento de alta censal de la actividad, modelo 036/037 Hacienda
- Licencia municipal de apertura a nombre de la persona física o jurídica titular del alta de la actividad en Hacienda, cuando ésta sea exigible
- Informe de Vida Laboral de la persona a subvencionar
- Documento de alta de autónomos o del colegio profesional
- Documento administrativo acreditativo del grado de discapacidad, en su caso
Línea B: Fomento de nuevas contrataciones:
- Impreso de solicitud
- Documento de alta censal de la actividad, modelo 036/037 Hacienda
- Licencia municipal de apertura a nombre de la persona física o jurídica titular del alta de la actividad en Hacienda, cuando ésta sea exigible
- Informe de Vida Laboral de la persona a subvencionar
- Contrato laboral de la persona contratada
- Documento administrativo acreditativo del grado de discapacidad, en su caso
¿En qué supuestos no se podrá acceder a estas nuevas líneas de subvención?
- Las personas dadas de alta en el RETA como Autónomos Colaboradores (excluidos de la línea A).
- Las contrataciones realizadas por empresas que formen parte de un grupo empresarial con el mismo administrador o consejo administrador y que realicen contratos laborales a personas ya contratadas anteriormente por otra empresa del mismo grupo (excluidos de línea B).
- No serán subvencionables las contrataciones efectuadas por Empresas de Trabajo Temporal (excluidos de línea B).
Por otra parte, esta subvención tampoco será compatible con las recibidas a través de programas realizados en el marco de las políticas activas subvencionadas por el Servicio Público de Empleo de la Generalidad de Catalunya.
Puedes iniciar el trámite aquí.
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